Qué son las categorías del monotributo
Las categorías del monotributo son los once escalones —de la A a la K— en los que ARCA (ex AFIP) ordena a los monotributistas según el tamaño de su actividad, y cada escalón tiene su propia cuota mensual y su propio tope de facturación anual.
El monotributo es un régimen simplificado: en lugar de liquidar IVA y Ganancias por separado, pagás una cuota mensual fija que los engloba (más el componente de aportes). Esa cuota no es igual para todos: depende de la categoría en la que estés, que refleja el tamaño de tu actividad. Cuanto más facturás, más alta la categoría y más alta la cuota.
Un detalle que cambió y todavía se lee mal en muchos lados: las categorías I, J y K ya no son solo para quien vende productos. La Ley 27.743, de julio de 2024, unificó las escalas, así que si prestás servicios también podés categorizarte en I, J o K. Lo único que sigue siendo exclusivo de la venta de cosas muebles es el precio máximo unitario de venta: si vendés un producto por encima de ese tope, quedás fuera del monotributo aunque tus ingresos entren en la escala.
¿Qué define la categoría del monotributo?
Cuatro parámetros, y te queda la categoría más alta que resulte de cualquiera de ellos: con que te pases en uno solo, cambiás de escalón. Los importes de cada uno se actualizan dos veces al año, en enero y en julio, por el índice de precios al consumidor del INDEC, así que la tabla con los números vigentes está siempre en ARCA (ex AFIP) y no acá.
- Ingresos brutos anuales: el total facturado en los últimos 12 meses. Es el factor que más pesa.
- Superficie afectada: los metros cuadrados del local donde desarrollás la actividad.
- Energía eléctrica consumida: los kWh anuales del local.
- Alquiler devengado: lo que pagás de alquiler por el espacio, en el año.
Si trabajás desde casa o prestás un servicio sin local, en la práctica lo que manda son tus ingresos. Los parámetros de superficie, energía y alquiler cobran importancia cuando tenés un local comercial.
Regla de oro: te ubicás en la categoría más alta que surja de cualquiera de los parámetros, no en un promedio.
| Parámetro | Cómo se mide | Servicios / venta de cosas muebles |
|---|---|---|
| Ingresos brutos | Los últimos 12 meses | Escala unificada desde la Ley 27.743: las 11 categorías, de la A a la K, valen para las dos actividades |
| Superficie afectada | Metros cuadrados afectados a la actividad | Iguales para las dos |
| Energía eléctrica consumida | Kilovatios en los últimos 12 meses | Iguales para las dos |
| Alquileres devengados | Los últimos 12 meses | Iguales para las dos |
| Precio máximo unitario de venta | El precio de un producto individual | Sólo para venta de cosas muebles. En servicios no se aplica |
Deslizá la tabla hacia el costado para ver la columna «Servicios / venta de cosas muebles».
Verificado el 2 de septiembre de 2026 contra el texto actualizado de la Ley 24.977 (arts. 2, 8, 11 y 52), con las modificaciones de la Ley 27.743 (Boletín Oficial, 8/7/2024).
Mirá cuánto llevás facturado sin armar una planilla
La categoría se define por lo que facturaste en los últimos doce meses, y ese número lo tenés que tener a mano. En Facturel sale de tus propias facturas, sin que lo cargues aparte. Es gratis, sin tarjeta y sin vencimiento.
Llevar el control de mi facturación Prefiero por WhatsAppLa recategorización semestral
Tu actividad cambia con el tiempo, así que la categoría no es para siempre. Dos veces al año —en enero y en julio— hay una recategorización: mirás los últimos 12 meses de ingresos brutos, superficie, energía y alquileres, y verificás si siguen encuadrando en tu categoría actual.
- Si cambiaste de categoría (para arriba o para abajo), la actualizás. La nueva categoría rige desde el segundo mes siguiente al cierre del semestre: en febrero y en agosto.
- Si seguís igual, no tenés que hacer nada: la categoría se mantiene.
Recategorizar bien importa: si te quedás en una categoría más baja de la que te corresponde, ARCA puede recategorizarte de oficio; si estás en una más alta de la necesaria, pagás cuota de más.
Qué pasa si te pasás del tope
Cada categoría tiene un tope de facturación anual. Si lo superás, subís a la categoría que corresponda. Pero hay un límite final: si superás el tope de la categoría más alta, quedás excluido del monotributo y pasás al régimen general (responsable inscripto, con IVA y Ganancias). Por eso conviene tener siempre a la vista cuánto llevás facturado en el año.
Este es justo uno de los puntos donde una buena herramienta te salva: Facturel te lleva la cuenta de cuánto facturaste en el mes y en el año, así ves venir el cambio de categoría antes de que sea un problema. Y como emitís siempre factura C como monotributista, cada venta queda registrada automáticamente. Mirá cómo emitís tu factura C desde WhatsApp con Facturel.
¿Dónde veo los montos actualizados?
Los topes de facturación y las cuotas de cada categoría se actualizan dos veces al año (en enero y en julio, por el IPC). Por eso, en vez de listar números que quedan viejos, lo correcto es consultar siempre la tabla vigente en el sitio oficial de ARCA (ex AFIP) o con tu contador. A septiembre de 2026, la tabla que rige es la de valores de aplicación desde el 1 de agosto de 2026. Lo que no cambia es cómo funciona el sistema, que es lo que te explicamos acá. Qué trajo esa última actualización y cómo recategorizarte paso a paso está en qué cambió en el monotributo en 2026 y cómo recategorizarte.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé en qué categoría estoy?
Podés verlo en el portal del monotributo de ARCA (ex AFIP) con tu Clave Fiscal. Si controlás cuánto facturás mes a mes, ya vas sabiendo hacia qué categoría vas.
¿Puedo bajar de categoría?
Sí. Si tu actividad se achicó y facturás menos, en la recategorización semestral podés bajar a la categoría que corresponda y pagar una cuota menor.
Si presto servicios, ¿puedo estar en las categorías I, J o K?
Sí. Desde la Ley 27.743, de julio de 2024, la escala de ingresos brutos es la misma para servicios y para venta de cosas muebles: las once categorías, de la A a la K, valen para las dos actividades. Lo único que sigue siendo exclusivo de la venta de cosas muebles es el precio máximo unitario de venta.
¿La categoría cambia la factura que emito?
No. Sea cual sea tu categoría, como monotributista siempre emitís factura C. La categoría afecta tu cuota y tu tope, no el tipo de comprobante.
Fuentes
Todo lo normativo de esta nota sale de las siguientes fuentes oficiales, para que puedas verificarlo:
- Ley 24.977 — Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, texto actualizado — arts. 2 (precio máximo unitario, sólo para venta de cosas muebles), 8 (las once categorías y sus parámetros), 9 (recategorización semestral) y 52 (actualización en enero y julio por IPC).
- Ley 27.743 — Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes — Boletín Oficial, 08/07/2024: sustituye el art. 8 de la Ley 24.977 y unifica la escala de ingresos brutos de servicios y venta de cosas muebles.
- ARCA — Monotributo: categorías y valores vigentes — la tabla oficial con los importes de cada categoría (a septiembre de 2026, valores de aplicación desde el 1/8/2026).
Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un contador. Los importes de cada categoría se actualizan dos veces al año: antes de recategorizarte, confirmá la tabla vigente en el sitio oficial de ARCA.
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