Qué cambió en el monotributo 2026
Para 2026 el monotributo no cambió de estructura: siguen las once categorías, de la A a la K, y los mismos cuatro parámetros de siempre. Lo que cambió son los números. Los topes de ingresos y las cuotas se actualizaron dos veces en el año, y la tabla que rige hoy es la de valores de aplicación desde el 1 de agosto de 2026, publicada por ARCA. Si facturás como monotributista, mirá bien en qué categoría quedás con esos valores y tus parámetros actuales.
No hay requisitos nuevos para entrar al monotributo ni se agregaron categorías. Un cambio que muchos todavía no tienen en la cabeza viene de la Ley 27.743 (2024): el tope de ingresos brutos es el mismo para todas las categorías, de la A a la K, prestes servicios o vendas cosas muebles. Lo que sí sigue distinto según la actividad es el componente impositivo de la cuota y el precio máximo unitario de venta. Si venís cerca del límite de tu categoría, atento: podrías tener que recategorizarte y cambiar de escalón.
No te fíes de valores viejos ni de lo que te diga el vecino: lo único seguro es chequear las escalas y parámetros vigentes en el sitio oficial de ARCA antes de hacer cualquier trámite o recategorización. Las actualizaciones se publican ahí primero.
Última verificación de los datos normativos de esta nota: 2 de septiembre de 2026. No publicamos la tabla de montos porque los topes y las cuotas se actualizan por inflación —dos veces al año, en enero y en julio— y cualquier número que copiemos te puede hacer recategorizar mal. La tabla vigente está en el sitio oficial de ARCA, en la sección del Régimen Simplificado; acá te explicamos cómo leerla y qué parámetro te mueve de categoría. Si querés el detalle escalón por escalón, mirá cómo funcionan las categorías del monotributo.
Las reglas básicas siguen igual, pero los números que definen cada categoría cambiaron. Si usás Facturel para monotributistas, ves cuánto llevás facturado y lo comparás con el tope de tu categoría para saber si te toca recategorizarte o no. Consultá siempre la información oficial antes de tomar una decisión.
Cómo funcionan las escalas y categorías del monotributo
Las categorías del monotributo son once escalones, de la A a la K. Tu categoría sale de cruzar cuatro parámetros medidos sobre los últimos doce meses: los ingresos brutos, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados. Si vendés cosas muebles, además rige un precio máximo unitario de venta.
| Parámetro | Qué mide | Período |
|---|---|---|
| Ingresos brutos | Lo facturado por tu actividad, sin descontar gastos | Últimos 12 meses |
| Superficie afectada | Los metros cuadrados del local o espacio donde trabajás | Al momento de recategorizarte |
| Energía eléctrica consumida | Los kilovatios hora (kWh) que consumió tu actividad | Últimos 12 meses |
| Alquileres devengados | Lo que pagás de alquiler por el lugar donde trabajás | Últimos 12 meses |
Deslizá la tabla hacia el costado para ver la columna «Período».
Con que superes uno de los parámetros de tu categoría ya cambiás de escalón: no hace falta pasarse en todos. Por ejemplo, podés estar justo en ingresos, pero si tu local es más grande de lo que admite tu categoría, subís igual. Los valores concretos de cada escalón cambian seguido, así que antes de hacer la cuenta consultá siempre la tabla vigente en el sitio oficial de ARCA.
Cada categoría tiene su propio combo de parámetros, y estar en una u otra cambia tanto el tope como la cuota. Si te quedan dudas sobre cómo se determina tu lugar en el régimen, arriba te dejamos el detalle.
Facturel te facilita el seguimiento de tu facturación y los datos clave para que no te pases de categoría sin darte cuenta.
Seguí tu facturación contra el tope de tu categoría
Las escalas cambian, pero el dato que necesitás en cada recategorización es el mismo: cuánto facturaste en los últimos doce meses. En Facturel sale de tus propias facturas. Es gratis, sin tarjeta y sin vencimiento.
Controlar mi facturación del año Prefiero por WhatsAppRecategorización: cuándo y cómo hacerla
La recategorización del monotributo es semestral: ARCA abre una ventana en enero y otra en julio, y publica la fecha de cierre de cada una en su micrositio del monotributo. Es obligatoria cuando alguno de tus parámetros se salió de la categoría en la que estás; si todo sigue igual, tu categoría se mantiene. Si te colgás y no la hacés cuando te toca, ARCA puede recategorizarte de oficio y hasta sancionarte.
El proceso arranca revisando tu facturación de los últimos 12 meses y comparándola con los límites vigentes de cada categoría. Además, tenés que mirar los otros parámetros: superficie afectada, energía consumida y alquileres devengados. Los topes y detalles están en el sitio oficial de ARCA; no te guíes por valores viejos o de otras fuentes.
Para recategorizarte, entrás con clave fiscal al portal de ARCA y seguís los pasos del sistema. Es fundamental cargar bien los datos, porque un error puede meterte en una categoría que no te corresponde. Los errores más comunes: olvidarse de sumar alguna factura, no considerar todos los parámetros o confundir las fechas de corte.
Si usás un sistema como Facturel, podés llevar un registro actualizado de tu facturación y ver rápido si te pasaste o no de la categoría. Eso te ayuda a anticiparte y no correr a último momento. Pero acordate: la responsabilidad de verificar y recategorizarte es tuya, no del sistema que uses.
Qué se paga por mes en el monotributo y por qué cambia la cuota
La cuota mensual del monotributo junta tres componentes: el impuesto integrado, que reemplaza al IVA y a Ganancias; el aporte jubilatorio al sistema previsional; y el aporte a la obra social. El impuesto integrado depende de tu categoría y de tu actividad —es distinto para servicios que para venta de cosas muebles—, y por eso dos monotributistas de la misma categoría pueden pagar cuotas diferentes.
Los tres componentes se actualizan junto con las escalas, dos veces al año, así que la cuota cambia aunque no te muevas de categoría. El importe exacto que te corresponde está en la misma tabla de ARCA, en la fila de tu categoría. Hay situaciones particulares —trabajadores en relación de dependencia, jubilados, monotributo social— que no pagan todos los componentes: si estás en una de ellas, confirmalo con tu contador antes de dar por bueno lo que dice el cuadro general.
Facturación electrónica y monotributo: lo que sigue igual y lo que no
Si ya venías facturando electrónicamente, los cambios de escalas y la recategorización no te modifican nada: seguís emitiendo igual, con los mismos sistemas.
Pero sí cambió quiénes están obligados. El 31 de agosto de 2026 ARCA (ex AFIP) publicó la Resolución General 5893/2026, que extiende la factura electrónica obligatoria a tres grupos que hasta ahora estaban afuera: el monotributo social, el monotributo promovido —el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente— y los sujetos no alcanzados por IVA. Para los dos primeros rige desde el 1 de noviembre de 2026; para los no alcanzados, desde el 1 de marzo de 2027. Lo contamos en detalle en factura electrónica para el monotributo social: qué cambia desde noviembre.
La relación entre categoría y tipo de factura tampoco cambió: como monotributista emitís siempre factura C, estés en la categoría A o en la K. La letra no depende de la categoría ni del cliente, sino de tu condición frente al IVA: el monotributo reemplaza al IVA, así que no discriminás impuesto y tu comprobante es el C. La factura A existe sólo entre responsables inscriptos, y para emitirla hay que inscribirse en el régimen general y pedir la autorización aparte —lo explicamos en qué es la factura A y quién puede emitirla y en la diferencia entre factura A, B y C.
Lo que sí conviene chequear cada tanto son las guías oficiales y las plataformas como Facturel, que mantienen actualizada la info sobre cómo emitir facturas electrónicas siendo monotributista. Si nunca facturaste de esta manera, te dejamos el enlace a nuestra guía práctica de facturación electrónica para monotributistas, donde vas a encontrar el paso a paso y las preguntas más comunes.
En resumen: ni la recategorización ni las nuevas escalas cambian cómo facturás, y la letra sigue siendo la C. Lo que sí cambió en 2026 es quiénes están obligados a facturar electrónicamente, por la RG 5893.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es la próxima recategorización del monotributo 2026?
La recategorización del monotributo es semestral: ARCA (ex AFIP) abre una ventana en enero y otra en julio, y publica la fecha de cierre de cada una en su micrositio del monotributo. El trámite se hace online con clave fiscal y tenés que evaluar tu facturación y parámetros de los últimos 12 meses. Como la fecha de cierre cambia de un período a otro, chequeá el calendario vigente en la página oficial antes de hacer cualquier trámite.
¿Dónde consulto las escalas y categorías del monotributo vigentes?
Las escalas y categorías vigentes del monotributo se consultan siempre en la web oficial de ARCA (ex AFIP), en la sección del Régimen Simplificado. Ahí publican los valores actualizados cada vez que hay cambios. No busques montos en blogs ni redes: andá siempre directo a la página oficial para chequear el cuadro vigente antes de recategorizarte o calcular tus pagos.
¿Puedo seguir usando el mismo método de facturación electrónica en 2026?
Sí. Ni la recategorización ni la actualización de escalas cambian cómo facturás: la obligación de emitir factura electrónica y el procedimiento para monotributistas siguen iguales, y la letra sigue siendo la C. Lo que sí cambió en 2026 es el rol del CAEA, que quedó reservado a la contingencia (RG 5782 y 5785/2025). Si venís facturando con Facturel o con cualquier otro sistema autorizado por ARCA, no tenés que cambiar nada.
¿Qué pasa si no hago la recategorización a tiempo?
Si no hacés la recategorización del monotributo cuando te toca, ARCA (ex AFIP) puede recategorizarte de oficio según sus propios datos. Esto puede terminar en una categoría más alta, con cuotas más caras, y además te pueden cobrar intereses y multas. Mejor no colgarse: revisá siempre los plazos y hacelo a tiempo para evitar problemas. Consultá las fechas vigentes y más info en el sitio oficial de ARCA.
¿Cómo sé si tengo que cambiar de categoría en el monotributo?
Tenés que cambiar de categoría en el monotributo si tus ingresos, la energía eléctrica consumida, el alquiler devengado o la superficie afectada a la actividad superan o quedan por debajo de los parámetros de tu categoría actual. Para saberlo, revisá tus datos de los últimos 12 meses y comparalos con las escalas vigentes publicadas en el sitio oficial de ARCA (ex AFIP). Si te pasás o quedás corto en alguno de los ítems, corresponde recategorizarte.
Fuentes
Todo lo normativo de esta nota sale de las siguientes fuentes oficiales, para que puedas verificarlo:
- Ley 24.977 — Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (texto actualizado): los parámetros que definen cada categoría (art. 8), la recategorización semestral sobre los últimos doce meses (art. 9) y la actualización de los importes (art. 52).
- Ley 27.743 — Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes — Boletín Oficial, 08/07/2024: la reforma del monotributo que unificó el tope de ingresos brutos para servicios y venta de cosas muebles.
- ARCA — Categorías del monotributo: la tabla oficial de topes y cuotas, con valores de aplicación desde el 1/8/2026. Es la única fuente válida para los montos.
- Resolución General ARCA 5893/2026 — Boletín Oficial, 31/08/2026: extiende la factura electrónica obligatoria al monotributo social, al monotributo promovido y a los sujetos no alcanzados por IVA, desde el 1/11/2026 y el 1/3/2027 según el caso.
- Resolución General ARCA 5782/2025 — Boletín Oficial, 30/10/2025, y Resolución General ARCA 5785/2025 — Boletín Oficial, 3/11/2025: el CAEA queda reservado a la contingencia.
Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un contador. Los importes de cada categoría se actualizan dos veces al año: antes de recategorizarte, confirmá la tabla vigente en el sitio oficial de ARCA.
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